Prohibidas las sillitas infantiles en el asiento del copiloto

Ya ha entrado en vigor un nuevo decreto del Gobierno que modifica el Reglamento de Circulación

el 02/10/2015
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Unos días atrás os contábamos la importancia de utilizar -y hacerlo correctamente- los sistemas de retención infantil (SRI) en los vehículos. También anunciábamos la inminente entrada en vigor de un nuevo decreto del Gobierno que modificaría lo relativo a los sistemas de seguridad del Reglamento de Circulación. Pues bien, dicho decreto ya está en vigencia.

Desde ayer, 1 de octubre, queda prohibido instalar los SRI en el asiento delantero del copiloto. María Seguí, directora general de la DGT, incide en “la importancia de ir en los asientos de atrás, que estadísticamente son la mejor ubicación para los niños» ya que, según los estudios publicados, se duplica el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajan en los asientos delanteros, y se cuadriplica en menores de un año.

Esta nueva norma, resultado de la transposición de una directiva europea, obliga a que los niños con una estatura de 1’35 m. o menos vayan sentados en los asientos posteriores del vehículo con los adecuados sistemas de retención. Además, obliga a instalar las sillitas de acuerdo a las instrucciones de fabricante y a desconectar el airbag del asiento del copiloto en caso de que la sillita vaya instalada en él.

Pero, ¿cómo va a instalarse la sillita en la plaza del copiloto si ahora la normativa lo prohíbe? ¿Es una norma contradictoria? No, no lo es, ya que existen algunas excepciones.

sri

Excepciones a la normativa

Como en muchas de las normativas, hay algunas salvedades. Bajo determinadas circunstancias está permitido ubicar las sillitas infantiles en la plaza del acompañante delantero:

  • Si el vehículo es biplaza
  • Si las plazas traseras quedan completamente ocupadas por otros niños en sillitas
  • Si, por las limitaciones del vehículo, no pueden ser instalados los SRI en la parte posterior

También figuran otras excepciones que permiten a los menores viajar sin su sistema de seguridad correspondiente adaptado a su peso y talla:

  • Los trayectos en taxi en núcleo urbano
  • En los vehículos de más de 9 plazas, donde sólo deberán hacer uso de los SRI cuando disponga de ellos

Nuevos retos de futuro

La nueva normativa ya está presente, la ley es clara. Sin embargo, de nada sirve la ley si no se cumple y, sobre todo, si los conductores no se conciencian de la importancia de utilizar los sistemas de retención adecuados para los menores.  El pasado año 2014, 2 de los 14 menores fallecidos que viajaban en turismo o furgoneta lo hacían sin el dispositivo de seguridad apropiado. Al menos 2 vidas podrían haberse salvado.

Aunque las cifras mejoren, todavía queda un largo recorrido en materia de Seguridad Vial y prevención de accidentes. Para ello, se debe incidir en las acciones más importantes: concienciación y sensibilización.

Vídeo: Cómo usar bien el Sistema de Retención Infantil (DGT)

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Escrito por Instituto IUMET
IUMET surge como Centro Experimental e Investigador para el Estudio y Reconocimiento de Conductores en colaboración con el INTRAS de la Universitat de València mediante un convenio de asesoramiento científico-técnico.

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